Examen de Seguimiento por Aplazamiento en Bogotá
Cuando el concepto médico quedó pendiente de un resultado clínico o de un tratamiento en curso, esta es la evaluación que lo cierra. Sin dejar al trabajador ni a la empresa en el limbo.

El examen de seguimiento por aplazamiento es la evaluación que se realiza cuando el concepto médico ocupacional de un trabajador quedó pendiente de un resultado clínico, de una valoración por especialista o de un tratamiento en curso. Una vez obtenido ese insumo, el médico completa la valoración y emite el concepto definitivo. La Resolución 1843 de 2025 lo enmarca dentro de las evaluaciones de seguimiento o control del Artículo 14.
¿Qué significa que un concepto quede aplazado?
Significa que el médico no tuvo toda la información que necesitaba para pronunciarse, y en lugar de emitir un concepto a medias, dejó la valoración abierta hasta obtenerla.
Es una buena práctica clínica, no un retraso administrativo. Un concepto emitido sin el dato que falta es un concepto poco confiable: o se queda corto y expone al trabajador, o se pasa de prudente y le impone restricciones que quizá no necesita.
Precisión terminológica: «aplazamiento» no es una de las seis categorías de evaluación del Artículo 8. Es la forma práctica de nombrar una situación que la norma resuelve por otra vía: la evaluación de seguimiento o control del Artículo 14, que se aplica cuando hay que verificar la evolución de una condición previamente identificada o reconsiderar lo emitido.
«La evaluación médica ocupacional de seguimiento o de control médico ocupacional, se aplicará en aquellos casos en los cuales se determine la necesidad de verificar la evolución de una condición de salud previamente identificada, valorar la efectividad de las medidas adoptadas, o reconsiderar las restricciones y recomendaciones emitidas, especialmente cuando estas hayan sido temporales.»
¿Por qué se aplaza un concepto médico ocupacional?
Las causas son siempre clínicas y, en la práctica, se reducen a cuatro.
| Causa | Ejemplo | Qué destraba el concepto |
|---|---|---|
| Paraclínico pendiente | Un cultivo, una prueba especializada o un estudio que requiere procesamiento externo | La llegada del resultado |
| Hallazgo que requiere especialista | Una alteración detectada en la valoración que excede el alcance del médico ocupacional | El concepto del especialista tratante |
| Tratamiento en curso | El trabajador está en manejo médico y su condición aún puede cambiar | El alta o el reporte de evolución del médico tratante |
| Documentación clínica faltante | Historia clínica, epicrisis o resultados previos que el trabajador no aportó | La entrega de esos documentos |
En todos los casos, el médico deja constancia en la historia clínica ocupacional de qué falta y por qué. Esa trazabilidad es lo que después permite retomar la valoración sin empezar de cero.
Lo que NO es una causa válida de aplazamiento
- Falta de la orden de servicio o del perfil del cargo. Eso es un asunto administrativo del empleador, no un aplazamiento clínico.
- Presión de la empresa por un resultado. El médico especialista en SST goza de autonomía médica y está libre de imposiciones respecto del empleador, del trabajador y de sus representantes.
- Negativa del trabajador a una prueba. Eso no es aplazamiento: es desistimiento, y el médico debe dejar constancia escrita y detallada de la negativa en la historia clínica.
¿Qué debe hacer la empresa mientras el concepto está pendiente?
Es la pregunta operativa que genera más dudas, y merece una respuesta clara según el momento en que ocurra el aplazamiento.
| Si el aplazamiento ocurre en… | Situación | Recomendación |
|---|---|---|
| Pre-ingreso | El aspirante aún no está vinculado | Esperar el concepto definitivo antes de asignarle tareas del cargo. No hay línea base todavía. |
| Periódico | El trabajador está desempeñando el cargo | Continúa en su puesto salvo que el médico haya emitido una restricción preventiva expresa |
| Post-incapacidad o retorno | El reintegro depende del concepto | Coordinar con el médico si procede un reintegro parcial mientras llega el insumo |
La clave está en preguntarle al médico, no en decidirlo por cuenta propia. Si el aplazamiento implica algún riesgo mientras tanto, el concepto provisional lo dirá expresamente con una restricción preventiva. Si no dice nada, es porque el médico no identificó riesgo inmediato.
No dejar el caso abierto indefinidamente
Es el error más frecuente: el concepto queda aplazado, nadie hace seguimiento, y meses después el trabajador sigue sin concepto definitivo. Para la empresa eso significa un expediente incompleto; para el trabajador, una situación sin resolver.
Conviene que el área de gestión humana lleve un registro de los conceptos aplazados con la fecha estimada del insumo faltante, y haga seguimiento activo. Nosotros avisamos cuando el caso queda pendiente, pero el trabajador debe volver.
¿Cómo se cierra el concepto?
Con una valoración de seguimiento que retoma el caso donde quedó. No se repite todo el examen: se incorpora el insumo que faltaba y se completa la valoración.
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1
Llega el insumo faltante
El resultado del paraclínico, el concepto del especialista o el reporte del médico tratante ya está disponible.
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2
Se agenda el seguimiento
La empresa envía una nueva orden de servicio indicando que es seguimiento de un concepto aplazado, con la fecha de la valoración inicial.
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3
Valoración con el historial
El médico retoma la historia clínica ocupacional del trabajador y evalúa el nuevo insumo contra el perfil de exigencias del cargo.
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4
Concepto definitivo
Se emite el concepto médico ocupacional completo, con las recomendaciones y restricciones que correspondan y su temporalidad.
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5
Cierre del expediente
La empresa recibe el concepto definitivo, lo archiva y —si trae restricciones— adapta el puesto en máximo 20 días hábiles.
Porque conservamos la historia clínica ocupacional de sus trabajadores, el cierre es directo: el médico no evalúa desde cero, retoma lo que ya había documentado.
Si el concepto definitivo trae restricciones
Aplica lo mismo que en cualquier otro concepto: la empresa adapta las condiciones de trabajo en un máximo de veinte (20) días hábiles contados desde la realización de la evaluación, y conserva evidencia del ajuste en su SG-SST.
Si esas restricciones son temporales, corresponde programar un seguimiento a recomendaciones al vencimiento del plazo indicado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que mi concepto médico ocupacional quedó aplazado?
Que el médico necesitaba un dato clínico que aún no estaba disponible —un paraclínico en proceso, una valoración de especialista o el reporte de un tratamiento en curso— y prefirió dejar la valoración abierta antes que emitir un concepto sin esa información. Es buena práctica clínica, no un retraso administrativo.
¿El aplazamiento es una categoría de la Resolución 1843?
No. Las seis categorías del Artículo 8 son pre-ingreso, periódicas, egreso, post-incapacidad, retorno laboral y seguimiento o control. El aplazamiento es la forma práctica de nombrar una situación que la norma resuelve mediante la evaluación de seguimiento o control del Artículo 14, que aplica cuando hay que verificar la evolución de una condición o reconsiderar lo emitido.
¿El trabajador puede empezar a laborar mientras el concepto está pendiente?
Depende del momento y del criterio médico. Si el aplazamiento ocurrió en un examen de pre-ingreso, lo prudente es esperar el concepto definitivo. Si ocurrió en un periódico y el trabajador ya está en su puesto, continúa salvo que el médico haya emitido una restricción preventiva expresa. La regla práctica: pregúntele al médico, no lo decida por su cuenta.
¿Cuánto tiempo puede estar aplazado un concepto?
La norma no fija un plazo, porque depende de cuándo llegue el insumo clínico faltante. Lo que sí conviene es no dejarlo abierto indefinidamente: el área de gestión humana debería llevar registro de los conceptos aplazados con la fecha estimada del insumo y hacer seguimiento activo hasta cerrarlos.
¿Se repite todo el examen al retomar la valoración?
No. Se retoma el caso donde quedó: el médico incorpora el insumo que faltaba y completa la valoración con la historia clínica ocupacional que ya tiene documentada. Por eso conviene que los exámenes de una empresa se realicen siempre en la misma IPS.
¿Qué pasa si el trabajador no vuelve a completar el examen?
El concepto queda sin cerrar y el expediente laboral incompleto. Si el trabajador manifiesta expresamente que no desea continuar, ya no es un aplazamiento sino un desistimiento: el médico debe dejar constancia escrita y detallada de la negativa en la historia clínica ocupacional, y eso puede implicar la imposibilidad de desempeñar o continuar en un cargo específico.
¿La empresa puede pedir que se emita el concepto sin esperar?
No. El médico especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo goza de autonomía médica y está libre de imposiciones de cualquier índole, tanto del empleador como del trabajador y sus representantes. Un concepto emitido sin la información necesaria no protegería a ninguna de las partes.
¿Tiene costo adicional cerrar un concepto aplazado?
Depende de si el cierre requiere solo la revisión del insumo faltante o una nueva valoración con paraclínicos adicionales. Escríbanos con el caso concreto y le indicamos qué corresponde antes de agendar.
¿Tiene conceptos pendientes de cerrar?
Revisamos los casos aplazados de su empresa y coordinamos el cierre de cada uno. Respuesta el mismo día hábil.
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El cierre de un concepto aplazado se resuelve con una de las evaluaciones que establece la Resolución 1843 de 2025. Puede ver todas, con su base normativa y cuándo corresponde cada una, en la guía completa.
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