Nuestros clientes: los sectores que atendemos en Bogotá
Transporte, alimentos, construcción e industria, salud y servicios. Cada sector llega con un perfil de riesgo distinto y con evaluaciones distintas, y eso es lo que de verdad cambia cuando una empresa nos contrata.
Gómez Asociados Salud Ocupacional SAS practica evaluaciones médicas ocupacionales a empresas de transporte y logística, alimentos y bebidas, construcción e industria, salud y farmacéutico, y servicios, hotelería y educación, en Bogotá y municipios de Cundinamarca. Lo que cambia de un sector a otro no es el trámite: es qué evaluaciones ordena el médico, porque el perfil del cargo y los peligros a los que se expone el trabajador son distintos en cada uno.
✓ IPS habilitada por la Secretaría Distrital de Salud
✓ Inscrita en el Registro Especial de Prestadores (REPS)
✓ Desde 10 trabajadores vamos a su planta
El error que se paga caro. Contratar «el paquete de exámenes ocupacionales» sin decir a qué se dedica la empresa. La Resolución 1843 de 2025 construye la evaluación sobre el perfil del cargo (Artículo 16), no sobre un paquete uniforme: un auxiliar administrativo y un operario expuesto a ruido no necesitan lo mismo. Ordenar de más encarece sin proteger; ordenar de menos deja a la empresa sin la vigilancia epidemiológica que sí le van a exigir.
De un vistazo
Qué cambia en el examen médico ocupacional según el sector
El riesgo dominante de cada sector es el que decide qué paraclínicos acompañan la valoración médica. Esta es la lectura corta.
Sector
Riesgo que manda
Evaluaciones habituales
Norma específica
Transporte y logística
Fatiga, visión, audición y postura sedente prolongada
Conducción es una de las seis excepciones del Artículo 2
Alimentos y bebidas
Contaminación cruzada: piel, uñas y vías respiratorias altas
Valoración con énfasis dermatológico, coprológico, KOH de uñas, frotis faríngeo
Resolución 2674 de 2013 y Artículo 2 de la 1843
Construcción e industria
Alturas, ruido sobre 85 dB(A) y material particulado
Perfil de alturas, audiometría, espirometría, radiografía de tórax con lectura OIT
Resolución 4272 de 2021 y Resolución 1792 de 1990
Salud y farmacéutico
Riesgo biológico y químico, más turnos rotativos
Esquema de vacunación laboral, títulos de anticuerpos, valoración osteomuscular
Decreto 1072 de 2015 y Resolución 0312 de 2019
Servicios, hotelería y educación
Riesgo psicosocial, carga física repetitiva y uso profesional de la voz
Evaluación psicológica ocupacional, valoración osteomuscular, visiometría y énfasis en voz para docencia
Resolución 2646 de 2008
Esta tabla orienta; no reemplaza al profesiograma. Dos empresas del mismo sector pueden necesitar cosas distintas si sus procesos lo son, y quien decide qué se ordena es el médico especialista en SST a partir del perfil del cargo.
A quién atendemos
Los sectores que atendemos y las empresas que han confiado en nosotros
Agrupadas por sector, porque es la agrupación que explica qué hacemos con cada una. Las marcas son propiedad de sus respectivos titulares.
Transporte y logística
Es el sector con la exigencia normativa más alta, porque la conducción de vehículos es una de las seis excepciones del Artículo 2: allí la evaluación médica ocupacional se practica siempre, sin importar el nivel de riesgo de la empresa. Un conductor no se evalúa como un trabajador de oficina que además maneja: se le mide la capacidad de reacción, la visión en condiciones de baja luz, la audición y el estado cardiovascular. A eso se suma la exposición a vibración de cuerpo entero y a jornadas prolongadas en postura sedente, que es lo que termina apareciendo como patología lumbar años después.
Aquí la evaluación protege a dos partes: al trabajador y al consumidor. La manipulación de alimentos también es una de las seis excepciones del Artículo 2, y además responde a la Resolución 2674 de 2013, que exige reconocimiento médico del personal manipulador. El examen mira lo que en otros sectores es secundario: lesiones en piel y uñas, infecciones respiratorias altas y portadores asintomáticos. Y conviene saber que la palabra «carné» no aparece ni una vez en la Resolución 2674: lo que exige son dos cosas distintas —un certificado médico con la aptitud y un plan de capacitación de 10 horas anuales a cargo de la empresa—, así que quien venda «el carné» como documento único no entrega ninguna de las dos.
Tres peligros mandan sobre todos los demás: altura, ruido y material particulado. El trabajo en alturas es excepción del Artículo 2 y además tiene norma propia, la Resolución 4272 de 2021, que exige valorar el estado cardiovascular, neurológico, vestibular y visual antes de autorizar a alguien a subir. El ruido por encima de 85 dB(A) obliga a vigilancia audiométrica desde la Resolución 1792 de 1990. Y la exposición a polvo —sílice en obra, humos en planta— es lo que justifica la radiografía de tórax con lectura bajo clasificación OIT, que es una lectura distinta de la radiología convencional y la única que sirve para detectar neumoconiosis a tiempo.
El riesgo biológico cambia el orden de prioridades: aquí lo primero no es un paraclínico sino el esquema de vacunación laboral, y en particular la hepatitis B con verificación de títulos de anticuerpos, porque vacunar sin comprobar la respuesta inmune deja al trabajador desprotegido y a la empresa sin soporte. Se suman la exposición a citostáticos y desinfectantes en algunas áreas, los turnos rotativos —que alteran el sueño y el metabolismo— y la carga física de la movilización de pacientes, que es la principal causa de lesión osteomuscular del sector.
Es el grupo donde más se subestima el riesgo, porque no hay maquinaria ruidosa ni andamios. Lo que hay es riesgo psicosocial —atención al público, turnos, exigencias emocionales— que la Resolución 2646 de 2008 obliga a identificar y evaluar, y que solo puede aplicar un psicólogo con licencia en SST. A eso se suman la carga física repetitiva del personal de aseo y mantenimiento, la exposición a productos de limpieza, y en docencia el uso profesional de la voz, que es una condición de origen laboral reconocida y que casi ninguna empresa incluye en su profesiograma hasta que aparece el primer caso.
Qué necesita una empresa de 300 trabajadores que no necesita una de 15
El examen es el mismo. Lo que cambia es todo lo que ocurre alrededor.
1
Un profesiograma que exista de verdad
Con 15 personas se puede improvisar. Con 300 no: sin profesiograma se ordenan paquetes iguales para todos, que es caro y además incumple. El Artículo 16 lo pone como obligación del empleador entregarlo a la IPS.
2
Que la operación no se detenga
Mover 300 trabajadores a una sede son 300 medias jornadas perdidas. Por eso desde 10 trabajadores montamos la jornada en su planta, con 3 días hábiles de anticipación y por turnos, no todos a la vez.
3
Un informe consolidado, no 300 sueltos
La empresa recibe un consolidado con recomendaciones y restricciones por cargo, que es lo que alimenta el sistema de gestión. Cada trabajador recibe su concepto individual. Son dos documentos distintos y no se mezclan.
4
Soportes que aguanten una auditoría
Licitaciones, auditorías de cliente e inspecciones piden lo mismo: habilitación vigente de la IPS y licencia en SST del profesional que firmó. Si lo necesita para un proceso, lo pedimos y se lo entregamos.
Dos cosas que le vamos a decir aunque no las quiera oír
Prefiero perder una venta a que le anulen un concepto en una inspección.
No emitimos «no apto». El parágrafo del Artículo 19 lo prohíbe expresamente. El concepto dice si la persona es apta, o apta con recomendaciones y restricciones para esa labor concreta. Si algún proveedor todavía le entrega «no apto», ese documento no lo protege: lo expone.
La empresa no puede tener la historia clínica. El Artículo 30 se lo prohíbe. Usted recibe el concepto con las recomendaciones y restricciones; el expediente clínico es del trabajador. Un proveedor que se la entregue le está creando un problema de datos personales, no haciéndole un favor.
Y una tercera, sobre plazos: los resultados deben entregarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la realización de la evaluación, según el literal f del Artículo 5.
Dos documentos distintos: el concepto para la empresa y la historia clínica, que es del trabajador.
Dudas frecuentes
Preguntas sobre las empresas y los sectores que atendemos
¿A qué sectores atiende Gómez Asociados?
A empresas de transporte y logística, alimentos y bebidas, construcción e industria, salud y farmacéutico, y servicios, hotelería y educación, en Bogotá y municipios de Cundinamarca. No es una lista cerrada: atendemos cualquier sector, y lo que cambia entre uno y otro es qué evaluaciones ordena el médico a partir del perfil del cargo.
¿Solo trabajan con empresas grandes?
No. Atendemos desde ingresos individuales de una empresa de cinco personas hasta jornadas de varios días para plantas completas. Lo único que cambia con el tamaño es la logística: desde 10 trabajadores conviene la jornada en su sede, y por debajo de ese número sale mejor venir a la nuestra.
¿Por qué cambia el examen según el sector?
Porque cambian los peligros a los que se expone el trabajador. La Resolución 1843 de 2025 construye la evaluación sobre el perfil del cargo (Artículo 16), no sobre un paquete uniforme. Un conductor necesita prueba psicosensométrica y visiometría; un operario expuesto a ruido necesita audiometría y seguimiento audiométrico; un manipulador de alimentos necesita una valoración con énfasis dermatológico. Ordenar lo mismo para todos encarece sin proteger.
¿Hay sectores en los que el examen es obligatorio siempre?
Sí. El Artículo 2 de la Resolución 1843 de 2025 señala seis actividades en las que la evaluación médica ocupacional se practica siempre, con independencia del nivel de riesgo: conducción de vehículos, trabajo en alturas, manipulación de alimentos, manejo de armas, trabajo en espacios confinados y trabajo con alta tensión. Si su operación incluye alguna de ellas, no hay margen de interpretación.
¿Atienden empresas fuera de Bogotá?
Sí, en municipios de Cundinamarca —Soacha, Chía, Zipaquirá, Madrid, Mosquera, Funza, Cota, Tocancipá— mediante jornadas extramurales desde 10 trabajadores. Para otros municipios se evalúa caso por caso según volumen y distancia, y si no es viable se lo decimos de entrada.
¿Puedo pedir referencias de empresas que ya atienden?
Podemos indicarle el sector y el tipo de operación de empresas comparables a la suya, que es lo que realmente sirve para valorar si entendemos su riesgo. Los datos de contacto de un cliente no se comparten sin su autorización expresa.
¿Qué necesito enviarles para cotizar?
El número de trabajadores, el cargo de cada uno —no solo los nombres— y el municipio. Con eso se determina qué evaluaciones corresponden y se cotiza sobre algo real. Si ya tiene profesiograma, envíelo; si no lo tiene, le ayudamos a definirlo.
¿Entregan soportes para licitaciones y auditorías?
Sí. Habilitación vigente ante la Secretaría Distrital de Salud, inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud y licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo del profesional que firma el concepto. Es lo primero que se verifica cuando un concepto se cuestiona ante la ARL o en una inspección del Ministerio del Trabajo.
Cuéntenos a qué se dedica su empresa
Con el sector, el número de trabajadores y los cargos le decimos qué evaluaciones corresponden y le respondemos el mismo día hábil. Si algo no le hace falta, se lo decimos también.